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· Sociedad Limitada
Sólo tienen derecho a recibir la prestación para subvencionar las cuotas de autónomos.
· Sociedad Limitada Laboral
Reciben el 100% de la aportación que hagan al capital social de la empresa, en forma de un pago único.
· Autónomo
Reciben el 60% de la prestación para subvencionar la inversión a realizar, en forma de pago único.
El resto, el 40% de la prestación, se destinará a cubrir las cuotas de autónomos.
Según la disposición de Medidas Urgentes adoptadas con vigencia del 20/08/09 al 31/12/10 y posterior prórroga indefinida en los presupuestos generales del 2011: Se produce un incremento de hasta el 80% de la prestación por desempleo destinada a inversión para jóvenes de hasta 30 años de edad y de mujeres de hasta 35 años que inicien una actividad como trabajadores autónomos.
· Sociedad Civil
Siguen el mismo criterio que la subvención a autónomos.
Hay que tener en cuenta que la inversión a realizar justificada con facturas, se dividirá entre los socios que formen la sociedad.
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